TU CAJA de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de Tucumán, les recuerda que conforme lo previsto en el art. 2º de la Resolución 52/2011 el 30-11-2011 OPERA INDEFECTIBLEMENTE EL VENCIMIENTO PARA el acogimiento a dicho régimen.- Fdo. Dr. Pedro Esteban Yane Mana -Presidente-


